A continuación se detalla el calendario de
pago para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo. Los beneficiarios
que cuenten con la Tarjeta Magnética podrán retirar el dinero del los cajeros
automáticos de la red bancaria ya asignada, a partir del día que le corresponda
según la terminación del número de DNI.
Documentos terminados en
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Inicio de Pago
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Documentos terminados en
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Inicio de Pago
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0
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05-03-2012
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5
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12-03-2012
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1
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06-03-2012
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6
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13-03-2012
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2
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07-03-2012
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7
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14-03-2012
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3
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08-03-2012
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8
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15-03-2012
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4
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09-03-2012
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9
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16-03-2012
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Los beneficiarios podrán cobrar hasta el
día 09 de abril de 2012.
¿QUÉ MONTOS ESTARÁN DEPOSITADOS?
Los beneficiarios tendrán depositados los
$176 correspondientes por cada hijo menor de 18 años y los $ 704 por cada hijo
con discapacidad. Para cobrar los $44 por cada hijo y los $176 por cada hijo
con discapacidad restantes que se retienen en forma mensual, los padres o
adultos responsables deberán presentar la Libreta de Seguridad Social, Salud y
Educación ante ANSES debidamente cumplimentada.
Por otra parte, se informa a los
beneficiarios que cobran por primera vez que deben consultar cuándo y a dónde
dirigirse para retirar la tarjeta de débito. El beneficiario puede consultar su
lugar y fecha de cobro mediante cualquiera de las siguientes opciones:
- A través de la página Web de ANSES, sección trámites en línea
- Mediante consulta telefónica al 130, el número gratuito de ANSES.
- Enviando un mensaje de texto desde un teléfono celular al 26737 con la palabra COBRO, dejar un espacio, el Nº de DNI del padre/madre/tutor, dejar espacio, y la letra M (si el encargado del menor es hombre) o la letra F (si es mujer).
IMPORTANTE PARA PRIMEROS PAGOS
Para el cobro de la prestación, el titular
debe presentarse en la entidad bancaria asignada con el DNI. Allí se le
otorgará una tarjeta magnética que le permitirá retirar el dinero de cualquier
cajero automático de la red bancaria.
Si el titular NO posee DNI, deberá
presentarse al banco con la constancia de DNI en trámite emitida por el
Registro Nacional de las Personas donde conste Nombre y Apellido y número de
Documento de Identidad; además de el Pasaporte o la Cédula de Identidad o el
Registro de Conductor vigente, del que surja el mismo número de Documento de
Identidad y el mismo Nombre y Apellido que los registrados en la constancia
citada.
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